Ciudadanos de países miembros de la Unión Europea

Guía en Power Point
Los ciudadanos de los países de la Unión Europea tienen LIBRE CIRCULACIÓN dentro del territorio comunitario.

Son considerados en esta categoría, a estos efectos:

1- Los ciudadanos de los 27 estados miembros de la Unión Europea.

2- Los ciudadanos de los otros países del Espacio Económico Europeo (Islandia, Noruega y Liechtenstein)

3- Los ciudadanos suizos.

4- Los miembros de la familias de de los ciudadanos de las categorías anteriores.


REQUISITOS DE ENTRADA

Los ciudadanos Españoles sólo necesitan el DNI, para estancias inferiores a 3 meses.

Pero también pueden entrar en Los Países Bajos con:

- Tarjeta de Identidad, en vigor.
- Pasaporte ordinario, en vigor.
- Pasaporte caducado (menos de 5 años).
- Pasaporte colectivo, en vigor, sólo menores de 21 años.
- Pasaporte diplomático, oficial o de servicio, en vigor.
- Salvoconducto.

En cuanto a los menores de 16 años no se les exige pasaporte si van acompañados de sus padres o de una persona de su misma nacionalidad.

LARGAS ESTANCIAS (SUPERIORES A 3 MESES)

1 - Para poder residir en otro país de la Unión Europea, es necesario contar con un pasaporte valido, suficientes medios de vida y un seguro medico adecuado.

2 - Los requisitos exigidos son regulados por el Tratado de la Unión Europea, que establece los derechos de los ciudadanos comunitarios.

3 - No existe la obligación de solicitar un permiso de residencia para los diferentes propósitos de residencia. Tampoco es necesario solicitar un documento de residencia.

La Ley de Extranjería Holandesa (Vreemdelingenwet establece que los ciudadanos europeos que deseen residir en los Países Bajos durante un periodo superior a tres meses tienen que registrarse en el IND (Immigratie en Naturalisatiedienst).

Pero en ocasiones, este organismo no puede registrar a los ciudadanos de la UE porque éstos no pueden demostrar que tienen un trabajo en el país. Por otra parte, algunos empresarios sólo quieren emplear a un ciudadano de la UE si está registrado en el IND. Eso le crea al ciudadano europeo una situación difícil.

Además en base al Tratado de la EC, todo ciudadano de la UE siempre puede trabajar en los Países Bajos. No tienen que estar registrados en el IND para trabajar en este país, tan sólo necesitan un pasaporte válido.

La pregunta que surge de inmediato es: ¿Qué se pretende con el registro en este organismo (y la correspondiente pegatina)?

El registro NO es un permiso de residencia. El gobierno holandés pretende que sea considerado como una formalidad administrativa, lo que le da al IND la posibilidad de controlar si se cumplen las condiciones para permanecer más de tres meses en el país. Por lo tanto, es el propio ciudadano de la UE el que decide si quiere registrarse o no.


Trabajar como empleado

Para los ciudadanos de la mayoría de los países de la Unión no existen mayores requisitos.
Caso especial:
Excepción provisoria: los ciudadanos de Bulgaria y Rumania necesitan una autorización para poder trabajar. El empleador debe pedir un permiso para darles trabajo. Solo después de un año de haber trabajado en Holanda son libres para buscar trabajo en igualdad de condiciones con el resto de los ciudadanos de la Unión Europea.


Trabajar como empresario autónomo


En el caso de recibir y proveer servicios y que siga manteniendo la residencia en otro estado miembro de la UE o del EEE o Suiza (Bulgaria y Rumania están en una situación especial), deben pedir un permiso en la oficina del IND. El trabajo que se lleve a cabo determina el tipo de documento que sea expedido.
Si el trabajo que se pretende realizar es por más de un año, se expedirá un documento de residencia por 5 años de duración. En los casos que la duración sea de más de 3 meses pero menos de 1 año, se emitirá un documento de residencia de tipo 1.
En caso de periodo corto solo se pone 1 sello en el pasaporte.


Familiares NO UE de ciudadanos UE

Es importante saber a efectos prácticos y legales, quienes son considerados como familiares a estos efectos:
1 Cónyugues
2 Cónyugues y parejas de hecho inscritas
3 Padres
4 Padrastros
5 Los cónyugues, parejas de hecho, o hijos de más de 21 años, deben demostrar que los mantienen, o que vivían ya desde antes con el sujeto perteneciente a la UE; es decir que existía una relación previa en el país de origen. La IND pide pruebas para poder demostrar esta situación.

Se les otorga a estas personas un documento que le da los mismos derechos que al miembro de su familia por el que piden el permiso(esto quiere decir que se le pondrá la misma fecha de validez que a esta persona.


Estudios
Son pocos los requisitos que se piden para residir por razón de estudios, pero algunos de ellos son a veces difíciles de cumplir:
1 Inscribirse en una entidad registrada (hacer una pre inscripción de la matricula en una Universidad o centro de estudios)
2 Tener un seguro médico
3 Demostrar que se tiene fondos suficientes (para un soltero tienen que ser más de € 630.- al mes)

Caso de Bulgaria - Rumania: Se debe solicitar un permiso de residencia por motivos de estudio en la oficina IND, la duración de los estudios determina el tiempo de la tarjeta.


Económicamente inactivo

Pueden ser diversos los casos en que una persona no realice trabajos remunerados: la persona puede estar jubilada, o vivir con medios propios/privados, o que no necesite trabajar por otro motivo.
Son necesarios en todo caso los siguientes requisitos:
1 Tener un seguro médico
2 Prueba de fondos suficientes. Los ingresos pueden ser individuales, o es posible que se trate de comunidad de bienes con el cónyugue o pareja de hecho. Por ejemplo se puede demostrar que existe una cuenta de banco conjunta. Si existiera una otro motivo, se debería hacer una declaración jurada especificando que verdaderamente se dispone de esos ingresos. También podría ser el caso de una pensión, una jubilación, o un seguro.


Residentes por más de 5 años en otro país de la UE


Ciudadanos no EU que hayan estado residiendo legalmente en un país de la UE por más de 5 años están calificados para pedir el documento de RESIDENTE DE LARGA DURACIÓN, que habilita a residir y trabajar en cualquier país de la Unión Europea.


ATENCIÓN: CONDICIÓN IMPRESCINDIBLE PARA PODER TRABAJAR
El número fiscal (SOFI nummer / Burger Service Nummer)


Una cosa imprescindible a llevar a cabo al llegar a Holanda, para estar autorizado a trabajar, es la tramitación del número fiscal (que sería el equivalente al NIF español).
Los naturales del país lo reciben automáticamente a los 14 años.
A los inmigrantes se les pedirá para todo: para poder trabajar, para abrir una cuenta en un banco, pagar o reclamar impuestos, etc.

Para solicitarlo se debe mostrar un documento de identidad (no se acepta el carnet de conducir). Para un europeo del espacio Schengen es suficiente el DNI.

Recientemente el número fiscal ha pasado de llamarse SOFI nummer a denominarse BSN, Burger Service Nummer, y se otorga automáticamente al registrarse en el ayuntamiento.

Pero para personas que no se registren, por ejemplo porque no piensen permanecer más de 4 meses en Holanda, sigue siendo posible solicitar el SOFI Nummer en las oficinas de la Dirección de Impuestos.
Se debe llamar primero por teléfono para hacer una cita a la oficina de la
Belastingdienst(0800 0543)
de lunes a jueves, entre 08.00 y 20.00 horas
y los viernes entre 08.00 y 17.00 horas,
y solicitar una cita para ir personalmente a retirarlo en la sede más cercana al lugar de residencia.