Diferentes tipos de visas

Guía en Power Point

Los extranjeros que quieran venir a los Países Bajos por un PERIODO BREVE como turista, por negocios o para visitar a la familia, necesitan en principio un visado de estancia temporal, que se conoce como VISADO SCHENGEN, aunque, dependiendo de la nacionalidad, no todos los extranjeros tienen la obligación de solicitar el visado. La estancia temporal es de tres meses como máximo.

Es importante saber que cuando se permanece en Holanda con un visado de estancia corta, no se puede obtener un Permiso de Residencia (VTV). Para ello, el extranjero deberá regresar a su país e iniciar un nuevo procedimiento en la embajada o en el consulado holandés, el denominado procedimiento para el Permiso de Residencia Provisional (MVM: Machtiging Voorlopig Verblijf).

Si usted no posee la nacionalidad holandesa, tiene planeado viajar a los Países Bajos para una estancia de corta duración (máximo: 90 días) y necesita pedir un visado. En ese caso, deberá presentar una solicitud de visado para obtener lo que se conoce como visado Schengen.

¿QUÉ ES UN VISADO SCHENGEN?

En este momento, el territorio Schengen está formado por 29 países, que no realizan controles en sus fronteras interiores: Bélgica, Dinamarca, Alemania, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Noruega, Austria, Polonia, Portugal, Eslovenia, Eslovaquia, España, República Checa, Islandia, Suecia, Suiza.

Todos ellos forman el territorio Schengen. El Convenio de Aplicación del Acuerdo de Schengen entró en vigor el 26 de marzo de 1995.

En virtud de este convenio, los países adheridos expiden en principio un visado “común” (el visado Schengen). Este documento permite viajar dentro del territorio Schengen. Los países Schengen han llegado a acuerdos sobre las condiciones comunes de entrada en su territorio y utilizan un formulario unívoco de solicitud de visado.

Es posible que se limite la vigencia de un visado a uno o varios países Schengen, por ejemplo, a los países del Benelux (Bélgica, Países Bajos y Luxemburgo) o sólo a los Países Bajos. Esto sucede en los casos en que sólo se permite la permanencia en el territorio nacional de uno o varios de los países miembros de Schengen.

¿NECESITO SOLICITAR UN VISADO SCHENGEN?

Véanse aquí cuáles nacionalidades están sometidas a una obligación de visado para entrar en los países Schengen y cuáles no para una estancia de un máximo de 90 días.


*obligación de visado de tránsito aeroportuario

¿ES USTED FAMILIAR DE UN CIUDADANO DE LA UE/el EEE?

Si es usted familiar de primer grado (incluido, entre otros, cónyuge, pareja, hijo menor de 21 años) de un ciudadano de la UE/el EEE o de un ciudadano de Suiza, puede ser que usted tenga derecho a un procedimiento acelerado y gratuito de solicitud de visado, siempre que cumpla los siguientes criterios:

1 usted es familiar de primer grado de un ciudadano de la UE/el EEE o de un ciudadano de Suiza; y
2. el ciudadano de la UE/el EEE se dirige a, o permanece en un Estado miembro distinto del que posee la nacionalidad; y
3. usted acompaña al ciudadano de la UE/el EEE o va a reunirse con él.

Si cree que tiene derecho a esta facilitación del visado, deberá demostrar los tres puntos mencionados anteriormente, en el momento de la solicitud del visado.

SI NO NECESITO UN VISADO SCHENGEN, ¿TENGO SIEMPRE PERMITIDA LA ESTANCIA EN LOS PAISES BAJOS PARA UNA ESTANCIA DE CORTA DURACIÓN?

En principio, sí. Si usted no tiene obligación de solicitar un visado, puede viajar a los Países Bajos sin problemas. En cualquier caso, debe cumplir las siguientes condiciones:

• Usted dispone de un pasaporte en vigor.
• Dispone de suficiente dinero (dispone de un importe de 34,-- € por día para la duración de su estancia).
• Puede demostrar el objetivo de su viaje.
• No constituye ningún peligro para el orden público, la seguridad nacional y las relaciones internacionales.

VISADO OBLIGATORIO DE TRÁNSITO AEROPORTUARIO

Hay determinadas nacionalidades que también necesitan un visado cuando únicamente viajen en tránsito por los aeropuertos de un país (Schengen). Se trata del visado obligatorio de tránsito aeroportuario (VTA). Entre los paises hispanohablantes lo necesita COLOMBIA.

TENGO VARIAS NACIONALIDADES. ¿NECESITO UN VISADO?

Si usted posee varias nacionalidades, será determinante el documento de viaje con el que usted desee viajar. Si se trata del pasaporte de un país cuyos súbditos tienen obligación de poseer un visado, entonces usted también estará obligado a presentar un visado, incluso aunque posea otra nacionalidad a la que no se aplique esta obligación. Para determinar si existe o no obligación de visado, no importa el país en que usted se encuentre. Sí necesita permanecer de forma legal (por ejemplo: un permiso de residencia vigente) en el país donde usted presente la solicitud de visado.

TENGO UN PERMISO DE RESIDENCIA PROVISIONAL (MVV)/VISADO D, ¿PUEDO VIAJAR CON ESTE DOCUMENTO A OTROS PAÍSES SCHENGEN?

En principio, sí.
Un visado de tipo D (para los Países Bajos se llama un permiso de residencia provisional, MVV) es un visado nacional para viajar al país Schengen que ha expedido el visado y pedir allí un permiso de residencia. En el caso de los Países Bajos, debe pedirlo dentro de los 8 días siguientes a su llegada.

No obstante, desde el 5 de abril de 2010 también se pueden visitar otros países Schengen con un visado D. Con su visado D vigente, usted puede pasar en otros países Schengen hasta 90 días de un periodo de 180 días.


SOLICITAR UN VISADO SCHENGEN

¿DÓNDE PUEDO SOLICITAR UN VISADO SCHENGEN?

Usted puede solicitar un visado Schengen en una embajada o un consulado (general) de los Países Bajos en el país donde usted reside o donde permanece legalmente. En algunos países, también puede contratar a un gestor externo que se encargue de solicitar el visado para usted.

Si no hay ninguna representación holandesa en el país en que usted reside o en el que quiere solicitar el visado, puede llamar al Ministerio de Asuntos Exteriores para preguntar dónde se encuentra la representación diplomática más cercana a usted (teléfono (070) 348 56 22; si llama desde el extranjero + 31 70 348 56 22).

Usted debe solicitar el visado en la representación del país Schengen en el que radica el objetivo principal de su viaje o en la representación del país Schengen en el que vaya a permanecer durante más tiempo. Si no existe ninguna diferencia en el objetivo principal ni en la duración de la estancia, sólo será competente para tramitar su solicitud el país al que usted vaya a llegar primero. En los lugares donde una embajada o consulado colaboren con un gestor externo, también existirá en todos los casos la posibilidad de presentar directamente su solicitud de visado a la embajada o al consulado.


¿CÓMO PUEDO SOLICITAR UN VISADO SCHENGEN?

En principio, un visado no puede expedirse con una antelación mayor de tres meses antes del primer uso; así pues, puede hacer una cita con mucha antelación pero si, por ejemplo, usted quiere viajar el 1 de agosto, no podrá recibir el visado hasta el 1 de mayo. Usted solicita el visado mediante un formulario de solicitud que debe cumplimentar íntegramente y al que debe incorporar una fotografía de carnet correcta. Deberá presentar la solicitud de visado personalmente en la representación diplomática del país Schengen correspondiente.

En el momento de la solicitud del visado, deberá presentar un documento de viaje que podrá tener una antigüedad máxima de 10 años y que todavía tenga como mínimo tres meses de vigencia después del último día de vigencia de su visado.

¿PONDRÁN UN SELLO EN MI PASAPORTE?

Sí, la representación donde usted solicite el visado pondrá un sello en su pasaporte, en la primera página en blanco disponible. El sello ofrecerá la siguiente información:

1. Tipo de visado (por ejemplo: A (aeropuerto); C (circulación) o D/visado nacional.
2. Fecha de solicitud (día/mes/año)
3. Código del Estado miembro que tramita la solicitud (el código de los Países Bajos es: “NL”)

¿QUÉ REQUISITOS DEBO CUMPLIR?

El número y la naturaleza de los documentos probatorios dependen en parte de las circunstancias locales específicas en el país donde usted presente la solicitud y también de la naturaleza de la solicitud de visado. Se aconseja solicitar previamente información al respecto en la embajada/representación donde usted presente la solicitud.

Cuando se presenta una solicitud de visado, se comprueba entre otras cosas si su visita puede ser perjudicial para el orden público, la seguridad nacional y las relaciones internacionales, y también si anteriormente se le ha denegado el acceso al territorio Schengen. También se evalúa el objetivo del viaje conforme a los citados riesgos, incluido el peligro de una permanencia en situación de ilegalidad.

Los objetivos más comunes de un viaje son:

• Visita a familiares/amigos;
• Turismo;
• Visita de negocios.

Dependiendo del objetivo de su viaje, se le pedirá que presente determinados documentos probatorios, como:

• Los recursos financieros con que usted cuenta para cubrir los gastos de viaje y estancia;
• La reserva de hotel o una invitación de personas particulares o empresarios o bien una carta de invitación o declaración de garantía (legalizadas);
• Documentos de los que se desprenda que usted va a regresar a su país de origen (como una declaración de su empleador, una declaración de propiedad de su vivienda);
• Un seguro de viaje para gastos médicos que cubra los eventuales gastos de repatriación por motivos médicos, la atención médica de urgencia y/o los tratamientos de urgencia en el hospital. El seguro de viaje para gastos médicos deberá tener vigencia para todo el territorio Schengen, una cobertura mínima de 30.000 € y vigencia durante todo el período de su estancia. Este seguro no tendrá que mostrarlo hasta que no recoja el visado si éste ha sido aprobado, a menos que acuerde con la aseguradora la devolución de los costes si no se concede el visado.

¿CUÁNTO TARDA LA TRAMITACIÓN DE UNA SOLICITUD DE VISADO?

La tramitación de una solicitud de visado dura entre uno y varios días, con un máximo normalmente de 15 días naturales. El plazo puede prolongarse hasta 30 días naturales si se necesita realizar una investigación más detenida. En casos excepcionales, una investigación puede llevar hasta un máximo de 60 días naturales. Sobre todo si usted viaja por primera vez es aconsejable que solicite el visado en una fase temprana de sus preparativos. De esta forma, es posible que evite el problema de no poder viajar en la fecha planeada.

¿QUÉ PUEDO HACER SI ME DENIEGAN UN VISADO?

En caso de denegación de una solicitud de visado, le entregarán o enviarán una resolución escrita motivada. Puede presentar recurso escrito (no por email) contra esa resolución dentro de las 4 semanas siguientes a su entrega o envío, en la dirección consignada en el anexo o en la propia resolución. También puede apoderar a otra persona para que presente el recurso contra la resolución en nombre de usted o tome la palabra en una eventual audiencia. Esa persona deberá presentar un poder escrito firmado por usted y deberá estar redactado en neerlandés, francés, alemán o inglés.

Se decidirá sobre el recurso después de la consiguiente investigación. Si se toma una decisión positiva, se informará a la embajada o al consulado que pueden expedir un visado para usted. Si la decisión es negativa, el recurso se declarará infundado o improcedente en una resolución escrita. Normalmente, el procedimiento de recurso dura varios meses.

¿CUÁNTO CUESTA UN VISADO?

Cuando presente la solicitud de visado, deberá pagar los derechos de visado correspondientes (costes de tramitación). Si se deniega su solicitud de visado, no se devolverán los derechos de visado pagados.

El precio del visado está fijado dentro del marco del acuerdo de Schengen. En principio, deberá pagar el visado en la moneda local. También es posible que se le cobren los costes extra en que se incurra para la tramitación de la solicitud del visado (por ejemplo, costes de fax).

¿CUÁL ES EL PERIODO DE VIGENCIA DE UN VISADO?

En principio, el visado tiene vigencia para la duración que usted haya solicitado, con un máximo de 90 días para cada período de 180 días.

En el visado se consignará cuántos días tiene usted permitido permanecer en el territorio Schengen En la rúbrica “desde” (vanaf) se consigna la fecha en que comienza a tener vigencia el visado. Usted podrá entrar al territorio Schengen a partir de esa fecha. El visado no tendrá vigencia para ninguna fecha anterior a esa. En la rúbrica “hasta” (tot) se consigna la fecha de caducidad del visado. El visado deja de tener vigencia después de esa fecha.

Tenga en cuenta los posibles retrasos que pueda experimentar durante su viaje y no viaje el último día de vigencia del visado, es mejor tener más margen de actuación.

¿QUIÉN DECIDE SOBRE LA SOLICITUD DE VISADO?

Para la mayoría de las nacionalidades, la regla es que la embajada decidirá autónomamente sobre las solicitudes de visado. Como el visado también es válido en los otros países Schengen y permite el acceso a los mismos, algunos de estos países quieren ser informados o consultados sobre las solicitudes de visado (la llamada consulta obligatoria). Una consulta dura un máximo de 7 días naturales. Tenga en cuenta también ese período al presentar la solicitud. Aquí encontrará las listas con las nacionalidades para las que existe una obligación de consulta o de información, respectivamente.

Además del sometimiento a aprobación y las consultas obligatorias, una embajada siempre puede presentar una solicitud de visado a las instancias implicadas en los Países Bajos, para someterla a asesoramiento o a una investigación más detenida. Dependiendo del objetivo del viaje, las solicitudes de visado presentadas son evaluadas por el Servicio de Visados (Visadienst) del Ministerio de Justicia o por el Departamento de Extranjería y Visados (Afdeling Vreemdelingen- en Visumzaken) del Ministerio de Asuntos Exteriores.

¿QUÉ DOCUMENTOS DEBO LLEVAR SI VIAJO CON UN VISADO SCHENGEN?

¿Posee usted un visado Schengen? Entonces, lleve siempre consigo copias de los comprobantes y los documentos que usted presentó para la emisión del visado. Un visado Schengen no da automáticamente derecho a entrar en el territorio Schengen. En los controles de fronteras pueden pedirle nuevamente que proporcione información o documentos sobre sus recursos financieros, la duración de su estancia y el objetivo de su viaje.

¿DEBO PRESENTARME COMO EXTRANJERO ANTE ALGUNA AUTORIDAD AL LLEGAR A LOS PAÍSES BAJOS?

Sí, en principio deberá presentarse ante la policía de extranjería dentro de las 72 horas siguientes a su llegada a los Países Bajos. Deberá dirigirse a la policía de extranjería más cercana al lugar en que usted tiene su residencia principal en los Países Bajos. Esta obligación de presentación no existe si usted permanece en un hotel o un camping. En ese caso, el personal del hotel o el camping se encarga de transmitir sus datos de registro a la policía de extranjería.

¿QUÉ INSTANCIAS PUEDEN FACILITARME INFORMACIÓN SOBRE VISADOS?

Dependiendo de las preguntas que usted tenga, puede dirigirse a las siguientes instancias:

1) La embajada o el consulado en el país donde usted va a presentar la solicitud de visado:
En el sitio web de la embajada o el consulado podrá obtener mucha información básica, como el horario de apertura del departamento de visados, cómo puede usted hacer una cita para su solicitud de visado, qué documentos necesita y de qué forma debe pagar el visado.

2) El Ministerio de Asuntos Exteriores:
Puede pedir un visado en el Ministerio de Asuntos Exteriores en La Haya. El Departamento de Extranjería y Visados (Afdeling Vreemdelingen- en Visumzaken) del Ministerio de Asuntos Exteriores en La Haya tramita solicitudes de visado que le han sido remitidas por las embajadas, para una permanencia de 90 días (o menos) relacionada con:

• Visitas de negocios;
• Congresos y seminarios;
• Deporte y manifestaciones culturales;
• Diplomáticos;
• Visitas políticas;
• Solicitudes de personas de la antigua Unión Soviética.

Si su solicitud de visado se encuentra en una de las categorías mencionadas y usted todavía tiene preguntas complementarias que no han podido ser contestadas por la embajada o el consulado, puede ponerse en contacto con el Departamento de Extranjería y Visados (Afdeling Vreemdelingen- en Visumzaken) del Ministerio de Asuntos Exteriores.

Puede ponerse en contacto con el Ministerio de Asuntos Exteriores para solicitar información sobre visados, de lunes a viernes, de 09.00 a 12.30 horas y de 13.30 a 16.30 horas.

Teléfono (070) 348 56 22. Para llamar desde el extranjero: + 31 70 348 56 22.

Dirección Postal:
Ministerie van Buitenlandse Zaken
t.a.v. DCM/VV
Postbus 20061
2500 EB DEN HAAG
e-mail: dcm-info-vv@minbuza.nl
sitio web: www.minbuza.nl

3) El Servicio de Visados del Ministerio de Justicia:
Usted no puede presentar una solicitud de visado en el Servicio de Visados (Visadienst), que forma parte del Servicio de Inmigración y Naturalización (Immigratie- en Naturalisatiedienst, IND) del Ministerio de Justicia.
El Servicio de Visados (Visadienst) del Ministerio de Justicia tramita solicitudes de visados que le han sido remitidas por las embajadas, para una permanencia inferior a 3 meses y relacionada con:

• Turismo;
• Visita familiar y privada;
• Artistas;
• Estudiantes y trabajadores en prácticas;
• Visitas médicas,


Puede ponerse en contacto con el Servicio de visados (Visadienst) si su solicitud se encuentra en una de las categorías mencionadas y usted todavía tiene preguntas complementarias que no han podido ser contestadas por la embajada o el consulado.

Puede llamar a la línea informativa del Servicio de Visados (Visadienst) a través del número general del Servicio de Inmigración y Naturalización (Immigratie- en Naturalisatiedienst, IND), abierto de lunes a viernes, de 09:00 a 17:00 horas. También puede plantear en este número todas sus preguntas sobre el permiso de residencia provisional (MVV) o preguntas generales sobre la entrada en los Países Bajos.

Puede acudir al citado servicio si desea prorrogar su visado durante su estancia en los Países Bajos.

Servicio de Inmigración y Naturalización (Immigratie- en Naturalisatiedienst, IND): 0900-123 45 61 (10 céntimos por minuto) Si llama desde el extranjero: +31 20 889 30 45.

Dirección postal:
Immigratie- en Naturalisatiedienst, IND
Postbus 3109
2280 GC Rijswijk
NEDERLAND

Sitio web: www.ind.nl (en holandés y en inglés)