Todos los ciudadanos europeos (UE, AEE y Suiza), con la excepción de los
ciudadanos de Croacia, tienen permiso para trabajar sin
restricciones en los Países Bajos.
Trabajar como
empleado
Para los ciudadanos de los países miembros de la Unión
Europea no existe ninguna restricción para trabajar en los Países Bajos.
Existe una excepcional provisional: los ciudadanos de
Croacia, quienes precisarán que la persona o compañía que les emplea posea un
permiso de trabajo especial para los primeros doce meses. En este caso, se poseerá el libre
acceso al mercado laboral holandés cuando se haya trabajado legalmente (con
permiso de trabajo) durante doce meses y de forma ininterrumpida en los Países
Bajos.
Condición imprescindible para poder trabajar:
El
número fiscal (Burger Service Nummer).
Es algo imprescindible que se debe hacer al llegar a Holanda
si se quiere estar autorizado para trabajar. Se trata del equivalente del NIF
español.
Los naturales del país lo reciben automáticamente a los 14
años.
A los inmigrantes se les pedirá para todo: para poder
trabajar, para abrir una cuenta en un banco, pagar o reclamar impuestos, etc.
Para solicitarlo se debe mostrar un documento de identidad
(no se acepta el carnet de conducir). Para un europeo del espacio Schengen es
suficiente el DNI.
Recientemente el número fiscal ha pasado a llamarse BSN (Burger Service Nummer). Este número se otorga automáticamente al
empadronarse en el ayuntamiento.
Pero para personas que no se empadronen, es posible solicitar
el BSN en un ayuntamiento.
Para más información, clique aquí.
Trabajar como
empresario autónomo
En el caso de recibir y proveer servicios y que siga
manteniendo la residencia en otro estado miembro de la UE o del EEE o Suiza
(Croacia está en una situación especial), no es necesario solicitar un permiso
en la oficina del IND. Ahora bien, las autoridades holandesas recomiendan
obtener dicha autorización, pues ésta supone una prueba de que se está
registrado cuando se soliciten determinados servicios como, por ejemplo, el
acceso a la sanidad pública, una suscripción telefónica o una hipoteca.
En caso de que el trabajo que se pretende realizar sea por
más de un año, se expedirá un documento de residencia por 5 años de duración.
En los casos que la duración sea de más de 3 meses pero menos de 1 año, se
emitirá un documento de residencia por un año.
Para llevar a cabo todos los trámites para iniciar la
empresa se debe visitar la página web de
la Cámara de Comercio.